El 19 de junio de 2020 se dio a conocer el borrador del Proyecto de Ley que extiende los plazos para acogerse a la actual moratoria vigente en principio hasta el 30/06/2020 (Resolución General N° 4667/2020).
Además, incluye a empresas no categorizadas como Pymes en atención a los reclamos de diferentes cámaras empresarias, quienes expusieron los inconvenientes en el pago de obligaciones impositivas y previsionales, entre otras dificultades generadas en este contexto de emergencia sanitaria, en donde se observa la caída del nivel de actividad, cuyos números harán historia.
La iniciativa permitió, a su vez, la condonación parcial de intereses y total de las multas acumuladas.
Los puntos más relevantes son:
- Incluirá deudas impositivas, previsionales y aduaneras.
- Podrán adherirse Pymes, grandes empresas, Monotributistas, autónomos, cooperativas y clubes de barrio.
- Para deudas hasta el 31 de mayo de 2020.
- Habrá tiempo para sumarse hasta el 31 de agosto.
- Las cuotas se empezarán a pagar en noviembre del 2020
- Habrá planes de pago de hasta 120 cuotas.
- La tasa de interés mensual será 3% para las cuotas con vencimiento hasta 01/2021 y a partir de 02/2021 y siguientes, la tasa será variable.
- Se permite el acceso a las empresas que no son Pymes, pero bajo otras condiciones, entre las que se destacan una menor cantidad de cuotas a las que pueden acceder para financiar las obligaciones, la imposibilidad de distribución de dividendos o utilidades a sus accionistas o socios desde el momento de acogimiento hasta la finalización de dicho ejercicio fiscal y por los siguientes 24 meses; y también existen restricciones en materia de divisas para el acceso de moneda extranjera a través del Mercado Único y Libre de Cambios para realizar pagos de beneficios netos de cualquier categoría a sociedades, empresas o cualquier otro beneficiario del exterior que revistan la condición de sujetos vinculados.
Reflexión Final
El anuncio de una nueva moratoria que abarque a todos los contribuyentes y que se extienda a deudas al 31 de mayo, se puede decir que es una buena medida teniendo en consideración la crisis económica que están pasando todas las empresas durante la cuarentena.
No obstante, el problema continuará dado que la crisis y el confinamiento todavía siguen vigentes y aún no hay certeza de cuándo culminarán.
Por lo tanto, debería permitírsele al Poder Ejecutivo extender dicha fecha de corte hasta inclusive algunos meses luego de terminado el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, ya que es necesario dar mejores facilidades al sector productivo para revertir esta situación.