Cambios en el Monotributo 2021
Comenzó el año 2021 y hasta el momento, los cambios en las nuevas categorías de Monotributo no han sido difundidas.
Es necesario recordar que las mismas debían actualizarse en forma anual por el índice de movilidad de las prestaciones previsionales que ha sido suspendido por el Gobierno Nacional.
De esta forma, llegamos al mes de Enero del 2021 y las actualizaciones no fueron realizadas por la AFIP. Sabemos que por lo dispuesto en el Art. 20 de la RG. AFIP N° 4309/18, la recategorización del régimen simplificado debería efectuarse hasta el día 20/1/2021 y aun seguimos a la espera de las normativas. Solo nos encontramos frente a un proyecto legislativo donde las medidas alcanzan a una significativa cantidad de Pequeños Contribuyentes y comprende mecanismos, tanto de carácter permanente como transitorio, cuyos puntos principales son:
- Aliviar la situación de quienes facturaron por encima del límite y que por ello deberían pasar al régimen general.
- Permanencia en el régimen para los que superaron el límite, en la medida en que sus ingresos no superen el 25% del tope a ese momento.
- Regreso al monotributo para aquellos que se cambiaron voluntariamente y mantuvieron la misma relación de facturación.
- Admitir beneficios a través del IVA. Se permitirá un crédito fiscal presunto equivalente a un 17,5% del monto que le fue facturado por los proveedores. A su vez, también permitirá un monto equivalente a una doceava parte del 50% de la alícuota en concepto de crédito fiscal pero que no puede exceder el 75% del débito fiscal.
- Disminución en la alícuota de IVA en un 50% el primer año, 30% el segundo y 10% el tercero para los casos antes mencionados.
- Beneficios en Ganancias donde toma un gasto deducible equivalente al 82,65% de las compras y una deducción especial equivalente al 50% de un límite a establecer.
A modo de cierre
Es importante recordar que cuando fue creado en el año 1998 se pensaba que el régimen de monotributo iba a alcanzar 500.000 personas, una cantidad superada con holgura en la actualidad debido a que ya suma a más de 3,5 millones de contribuyentes inscriptos bajo esta modalidad.
Sin embargo, no deja de ser indispensable regular los mecanismos de actualización que resultara aplicable el monotributo para evitar los trastornos que la expulsión del régimen conlleva, como por ejemplo la perdida de la obra social.